Tragedia del Colegio Ecos: la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena del chofer del ómnibus
SANTA FE.- Un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la condena por ...
SANTA FE.- Un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la condena por la tragedia del Colegio Ecos, ocurrida el 8 de octubre de 2006, en el extremo norte de esta provincia, que en primera instancia impuso la pena de tres años de prisión al correntino Oscar Eduardo Atamañuk, chofer del ómnibus que esa tarde-noche trasladaba de regreso a alumnos del tradicional colegio porteño, luego de una misión solidaria en Chaco, y colisionó de frente contra un camión.
La resolución judicial dictada por los ministros Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda, declaró “inadmisible” el último recurso judicial presentado por Atamañuk, el chofer de la empresa Godoy.
El conductor fue condenado en octubre de 2020 a la pena de tres años de ejecución condicional (no fue a la cárcel) tras ser considerado responsable de los delitos de homicidio culposo múltiple y además se le prohibió manejar cualquier tipo de vehículos durante cinco años.
La resolución fue luego confirmada por los jueces Eduardo Bernacchia, Carlos Damián Renna y Jorge Andrés, no quedó firme porque la defensa del chofer recurrió hasta la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, en donde se confirmó finalmente la sentencia.
Sin embargo, la defensa de Atamañuk buscó que la medida judicial sea revisada ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El viernes 7 pasado, la Corte resolvió “declarar inadmisible la queja” presentada por la defensora y así avalar la condena dictada en la Justicia de la ciudad de Vera, en donde se tramitó el caso.
El incidente tuvo lugar en el kilómetro 689 de la Ruta Nacional 11, que une Rosario con las provincias del noreste, en jurisdicción de Margarita, departamento Vera, 229 kilómetros al norte de esta capital, cuando el ómnibus chocó contra un camión Fiat Iveco que circulaba, por el carril contrario, de manera zigzagueante.
Como resultado del impacto, murieron el conductor del camión, Ángel Soto, y su acompañante, Hugo Fabián Albrecht. También fallecieron nueve estudiantes y una maestra identificados como Julieta Posilovich, Daniela Carla D’agostino, Julieta Giataganellis, Delfina Goldaracena, Julieta Hartman, Nicolás Kohen, Benjamín Bravo De La Sena, Lucas Ezequiel Levin, Federico Ecker y Mariana Boy.
Catorce años despuésTras el accidente, se inició una causa judicial que tardó 14 años en llegar a una sentencia. Implicó tres juicios que se tramitaron en el fuero judicial de la ciudad de Vera, en el norte santafesino.
El primero ocurrió en 2009, cuando terminó absuelto en un fallo que dictó el 26 de octubre el juez correccional, Jorge Galbucera. Aquella condena fue apelada por el fiscal de ese entonces, por lo que la sentencia fue revisada por un tribunal de segunda instancia que anuló la absolución y ordenó que se vuelva a realizar un nuevo juicio contra el chofer de la empresa Godoy.
Después, en 2011, el juez Virgilio Palud condenó a Atamañuk a tres años de prisión condicional e inhabilitación para conducir por siete años tras declararlo autor responsable de “homicidio culposo múltiple agravado y lesiones culposas múltiples agravadas” por el rol que tuvo cuando guiaba el colectivo en el que viajaban los estudiantes.
Sin embargo, aquel fallo fue apelado por la defensa del chofer y meses después la Cámara de Apelaciones anuló la resolución de primera instancia, ya que apenas comenzó la investigación, el juez no le tomó la indagatoria.
Finalmente, en 2013 el juez penal, Jorge Fernández, consideró que en el caso existió un concurso ideal de ambas figuras penales y condenó a Atamañuk a dos años en suspenso y además le agregó la inhabilitación para conducir por cinco años.
Sin embargo, la defensa del chofer interpuso, un año después, un planteo de prescripción de la causa que llegó a ser tramitado en la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, que confirmó la resolución.
En paralelo, el fiscal general Carlos Steimayer planteó un recurso extraordinario ante la Corte nacional y tuvo un nuevo desenlace, ya que en 2019 la causa debió volver a abrirse y ser nuevamente revisada.
En 2020, la Justicia falló a favor de las víctimas y condenó al conductor del colectivo tras considerar que el chofer pudo haber aminorado la marcha al ver que conducía de manera imprudente el camionero y así, quizás, evitado la tragedia vial.