Cuánto dinero puedo recibir en una transferencia y qué pasa si me excedo
A partir de un monto determinado, los bancos deben informarle a la AFIP la cifra que tenés en tu cuenta. Cómo justificarlo si superaste ese valor.
Es común que al momento de recibir dinero por transferencia, ya sea bancaria o a través de una billetera virtual como Mercado Pago, surjan dudas sobre ¿qué puede suceder si es una cantidad especialmente elevada?
Si el dinero que recibiste fue por un monto importante pero está justificado, ya sea por la venta de un inmueble o un auto, o se trata del pago de un cliente al cual le facturaste no habrá mayores inconvenientes. No obstante, en el caso de que el banco te retenga el dinero, solo deberás presentar la documentación que justifique la operación.
En el caso de que haya sido por un error, tampoco hay que preocuparse ya que lo único que hay que hacer es comunicarse con el banco donde se tenga la cuenta e informar que hubo una acreditación de dinero que no era para vos y con revertir la transferencia, devolviéndole el dinero a quien emitió la orden será suficiente.
Sin embargo, si el monto por transferencia es abultado y no está justificado, pueden existir algunos riesgos y generarte problemas con la AFIP.
¿Cuánto dinero puedo recibir por transferencia sin declarar en 2023?
El monto mínimo por el cual las entidades financieras tienen que dar la alerta a l AFIP es de $200.000, a partir de la Resolución General 5348/2023, que rige desde el 1° de mayo.
Ese monto incluye todo tipo de acreditación, es decir, transferencias, depósitos, inversiones, plazos fijos, entre otros.
Para evitar que los contribuyentes diversifiquen las sumas entre varias cuentas, las entidades financieras cruzarán la información de manera automática.
AFIP: ¿qué pasa si me transfieren más de $ 200.000?
La AFIP lleva a cabo investigaciones sobre los contribuyentes cuando detecta discrepancias entre las declaraciones juradas y la situación real. Si esas discrepancias son significativas, la AFIP tomará medidas para investigar al contribuyente y, posteriormente, emitir una intimación.
Por ejemplo, si un monotributista tiene gastos elevados en su tarjeta de crédito que no se corresponden con la categoría del monotributo en la que se encuentra, la AFIP puede intimarlo a recategorizarse o pasar directamente al Régimen General, lo que puede desembocar en multas e intereses.
En tanto, si alguien no figura registrado como contribuyente, el banco podrá retener o rechazar la transferencia y pedir que se justifique el origen de los fondos. Además, podrá cerrar la cuenta y crear un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF).
AFIP: ¿qué documentos hay que tener para evitar que te intimen?
Para evitar que la AFIP te intime por los movimientos grandes de dinero, es necesario contar con documentos que los respalden. Los más comunes son:
- Boletas de compra y venta
- Documentos que justifiquen la venta de acciones o una empresa
- Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios
- Facturación de los últimos meses
- Constancia del monotributo
- Certificado de fondos emitido por un contador público
- Declaratoria del Heredero.
¿Qué es lo que la AFIP sabe de vos?
La AFIP cuenta con acceso a una gran cantidad de información sobre los contribuyentes, incluyendo detalles sobre sus ingresos, movimientos bancarios, gastos con tarjeta y más.
Para evitar que los contribuyentes omitan información relevante en sus declaraciones, lo que provocaría inconsistencias y posibles sanciones, se ha implementado una herramienta llamada "Nuestra Parte". A través de esta aplicación, el fisco proporciona a cada contribuyente casi todos los datos que posee sobre ellos.
De esta forma, les ayuda a prevenir omisiones involuntarias (o voluntarias, especulando con que AFIP no conoce determinada información) ahorrándole tiempo y dinero, ya que no es necesario realizar una investigación posterior que podría demorar su cobro, además de que el contribuyente incurra en intereses y costos adicionales.
Para cada período es posible revisar, entre otras cuestiones, lo que sabe la AFIP respecto de:
- Los bienes personales: esto incluye desde cada uno de los vehículos que la persona tiene a su nombre (con el valor de compra y la valuación actual), hasta los inmuebles y los depósitos de dinero en sus diferentes cuentas bancarias.
- Los consumos con tarjeta de crédito: el monto total gastado en el año por el titular y los adicionales.
- Los consumos con tarjeta de débito: el monto total gastado en el año.
- El dinero gastado en expensas cuotas de colegios y medicina prepaga.
- Datos sobre rendimientos de inversiones y compras de dólares por los canales legales.
- Las facturas y otros comprobantes electrónicos, tanto los emitidos como los recibidos, con el detalle de los montos que suman..
- Las declaraciones juradas del período anterior.
En otro apartado dedicado a la "evolución patrimonial", la AFIP recuerda cómo fueron variando año a año desde 2018 hasta la actualidad cuestiones como:
- Las ganancias declaradas de la persona: Sus bienes personales en el país y en el exterior.. Sus ingresos brutos, ya sea en relación de dependencia o como monotributista
- Sus deudas pendientes en el país y el exterior.
"Nuestra parte": cómo acceder a la información que la AFIP tiene de vos
Para utilizar este servicio es necesario tener Clave Fiscal y seguir unos pasos sencillos.
¿Cómo ingresar desde un navegador de Internet?
- Entrar a www.afip.gob.ar y ubicar la opción de "Ingresar con Clave Fiscal".
- Tocar en "Iniciar sesión", escribir el CUIT o el CUIL, luego la clave personal y accionar en "Ingresar".
- En la pantalla principal, un campo de texto dice "¿Qué necesitás? Buscá trámites y servicios".
- Escribir allí "Nuestra", esperar que el buscador ofrezca la opción "Nuestra Parte" y seleccionarla para acceder de inmediato.
¿Cómo ingresar desde la app de AFIP?
- Descargar la aplicación Mi AFIP, disponible para Android y para iPhones.
- Abrir la app y tocar en el botón "Ingresar con Clave Fiscal", que aparece en la pantalla principal.
- Escribir el CUIT o el CUIL, y luego la clave.
- Buscar entre los servicios el botón de acceso a "Nuestra Parte", ilustrado con un apretón de manos.
Fuente: CLN